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I thought this would be of interest to foreigners living in COL.
Now you can flee DIAN but still a no for child support says Constitutional court.
http://www.eltiempo.com/justicia/2008-04-05/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR...
Abril 4 de 2008
Extranjeros que deben impuestos sí pueden salir del país, sentenció la Corte Constitucional
Para la Corte, impedir la salida del país a extranjeros que tienen deudas de impuestos impone un trato desigual frente a los nacionales.El tribunal declaró inexequible una norma que le permitía a las autoridades de inmigración impedir su salida mientras se ponían al día con sus obligaciones.
La medida, que se venía aplicando desde hace cerca de 20 años, buscaba evitar que los extranjeros pudieran 'fugarse' del país, llevándose consigo deudas millonarias con el fisco nacional.
La sentencia del alto tribunal, cuya ponencia es del magistrado Mauricio González, tumbó el artículo 821 del Decreto 624 de 1989 o Estatuto Tributario.
Para la Corte, el artículo imponía un trato desigual a los nacionales y a los extranjeros, diferencias que hasta el momento solo aplican para ciertos derechos políticos.
De igual manera, el artículo, señala la Corte, es inexequible, además, porque viola el derecho a la libre circulación, independientemente si se trata de un colombiano o de extranjero.
En su fallo, la Corte es clara en reconocer como un fin constitucional que el Estado asegure los recaudos de impuestos y de las finanzas públicas, y sostiene que no se opone a esa función.
Lo que le recomienda al Estado es buscar alternativas de control, como las exigencias de paz y salvos y las acciones judiciales, para asegurar los dineros que deban de impuestos en el caso de los extranjeros.
El alto tribunal también aclaró que en otros casos, como en el impedimento para salir del país a padres que tiene procesos judiciales por inasistencia alimentaria, sí aplica la restricción, pues en ese caso se le están violando los derechos a los niños.
'Medida desproporcionada'
La sentencia le dio la razón al ciudadano que interpuso la acción contra el citado artículo, pues aseguró que "la norma acusada vuelve al ser humano prenda de sus obligaciones pecuniarias".
Y agrega que "solo por razones de orden público se justifica un tratamiento desigual y, en este caso, nada justifica que se impida la salida internacional al extranjero con deudas tributarias pendientes".
En el proceso, la Procuraduría también recomendó que se declarara la inexequibilidad de la norma.
"Aun cuando tiene una finalidad válida que, como se dijo, tiende a salvaguardar el principio de eficiencia tributaria, la medida adoptada es totalmente desproporcionada y por lo tanto no supera el test de igualdad de intensidad intermedia simplemente porque en relación con la libertad personal está proscrita la posibilidad de que ninguna autoridad administrativa resuelva sobre ese derecho ya que dicha facultad está en cabeza de la rama judicial", señaló el Ministerio Público.
Algunas cifras sobre impuestos
En un informe presentado en enero pasado, la Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales reveló que la cifra de evasores de impuesto a la renta es de 30 por ciento en renta y de 20 por ciento en IVA que equivalen a 8 billones de pesos.
La Dian explicó que la meta de recaudo para este año (2008) fue fijada en 67,8 billones de pesos. La intención es llegar a dos millones de declarantes y con los nuevos contribuyentes detectados podría alcanzar esa meta.
La Dian calcula que 235.000 personas en el país le deben a esa entidad. Esto, sumado todas las deudas, suma 3,7 billones de pesos. Para la Dirección Nacional de Impuestos este monto hace parte de la cartera de morosos rescatable.
En los últimos 30 meses la Fiscalía General recibió 189 mil denuncias sobre inasistencia alimentaria. Cuando los investigadores encuentras pruebas y dictan medida de aseguramiento le piden al DAS impedir su salida del país.
By jorgegdiaz on Apr 5, 2008, 06:52 in Friendly Talkzone.
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